- GerardCDInvitado
Ampliación contrato exclusiva COVID19
Miér Mayo 20, 2020 9:57 am
Buenos días,
Como particular el 06/03/2020 firmé un contrato EXCLUSIVA por 180 días con una inmobiliaria para la venta de mi vivienda habitual.
La inmobiliaria cerró del 13/03 al 11/05 y me informa que el contrato queda prorrogado lo que dure el estado de alarma (en este caso los dos meses que ha cerrado), cito textualmente "los contratos quedan prorrogados por ley el tiempo que dure el estado de alarma, pero en ningún caso re resuelven por covid-19. Las vinculaciones contractuales empresariales.
¿Es correcto que amplíen dicho plazo?
Gracias y saludos,
Gerard
Como particular el 06/03/2020 firmé un contrato EXCLUSIVA por 180 días con una inmobiliaria para la venta de mi vivienda habitual.
La inmobiliaria cerró del 13/03 al 11/05 y me informa que el contrato queda prorrogado lo que dure el estado de alarma (en este caso los dos meses que ha cerrado), cito textualmente "los contratos quedan prorrogados por ley el tiempo que dure el estado de alarma, pero en ningún caso re resuelven por covid-19. Las vinculaciones contractuales empresariales.
¿Es correcto que amplíen dicho plazo?
Gracias y saludos,
Gerard
Re: Ampliación contrato exclusiva COVID19
Lun Jun 08, 2020 12:17 pm
No es correcta la respuesta de la inmobiliaria. Los contratos de ámbito estrictamente civil, mercantil ....no han sufrido ninguna parada ni prórroga por el en lo relacionado a la venta. Esto quiere decir que los 6 meses de la exclusiva acaban el septiembre y los meses del estado de alarma computan. Haría falta, si se quiere complementar el tiempo del estado de alerta, prorrogar de manera expresa. No están obligados a prorrogar si no se quiere.
No es cierto que los contratos no se puedan resolver, el Covid puede no ser una causa a invocar para hacerlo, como tampoco lo era antes de que decretara la alerta. La relación contractual “empresarial” se puede resolver. Solo los arrendamientos han sufrido medidas expresas, no los de compraventa ni otras.
API RESPON #OrgullAPi
No es cierto que los contratos no se puedan resolver, el Covid puede no ser una causa a invocar para hacerlo, como tampoco lo era antes de que decretara la alerta. La relación contractual “empresarial” se puede resolver. Solo los arrendamientos han sufrido medidas expresas, no los de compraventa ni otras.
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