Aplazamientos hacienda ¿Cómo solicitarlo?
Jue Abr 16, 2020 1:10 pm
En la página web de hacienda existe un pequeño formulario para realizar el trámite y la solicitud.
Preparar y presentar la declaración del trimestre indicando que es un reconocimiento de deuda. Al marcar y presentar así la declaración debemos rellenar todos los datos relativos al aplazamiento que deberán cumplimentarse con las pautas de la Administración. Una vez que marquemos el motivo (RDL 7/2020/) una vez marcado se rellenan los datos de la deuda a aplazar, en el tipo de garantías hay que indicar exención, número de plazos 1 y periodicidad no procede. En fecha de primer plazo hay que indicar la fecha del plazo ejemplo 20 de octubre en el caso de los trimestrales de abril. El último campo de texto libre se debe indicar: Aplazamiento RDL.
En cuanto a la flexibilidad de la Agencia Tributaria no se esperan grandes medidas en este aspecto, por lo que se recomienda la presentación y correcta cumplimentación. Además, debe tenerse en cuenta que se aplicarán intereses a partir del tercer mes de aplazamiento.
La deuda no puede sobrepasar más de 30.000 euros, por autoliquidación.
API RESPON #orgullapi
Preparar y presentar la declaración del trimestre indicando que es un reconocimiento de deuda. Al marcar y presentar así la declaración debemos rellenar todos los datos relativos al aplazamiento que deberán cumplimentarse con las pautas de la Administración. Una vez que marquemos el motivo (RDL 7/2020/) una vez marcado se rellenan los datos de la deuda a aplazar, en el tipo de garantías hay que indicar exención, número de plazos 1 y periodicidad no procede. En fecha de primer plazo hay que indicar la fecha del plazo ejemplo 20 de octubre en el caso de los trimestrales de abril. El último campo de texto libre se debe indicar: Aplazamiento RDL.
En cuanto a la flexibilidad de la Agencia Tributaria no se esperan grandes medidas en este aspecto, por lo que se recomienda la presentación y correcta cumplimentación. Además, debe tenerse en cuenta que se aplicarán intereses a partir del tercer mes de aplazamiento.
La deuda no puede sobrepasar más de 30.000 euros, por autoliquidación.
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Re: Aplazamientos hacienda ¿Cómo solicitarlo?
Lun Abr 27, 2020 7:07 pm
En la página web de hacienda existe un pequeño formulario para realizar el trámite y la solicitud.
Preparar y presentar la declaración del trimestre indicando que es un reconocimiento de deuda. Al marcar y presentar así la declaración debemos rellenar todos los datos relativos al aplazamiento que deberán cumplimentarse con las pautas de la Administración. Una vez que marquemos el motivo (RDL 7/2020/) una vez marcado se rellenan los datos de la deuda a aplazar, en el tipo de garantías hay que indicar exención, número de plazos 1 y periodicidad no procede. En fecha de primer plazo hay que indicar la fecha del plazo ejemplo 20 de octubre en el caso de los trimestrales de abril. El último campo de texto libre se debe indicar: Aplazamiento RDL.
En cuanto a la flexibilidad de la Agencia Tributaria no se esperan grandes medidas en este aspecto, por lo que se recomienda la presentación y correcta cumplimentación. Además, debe tenerse en cuenta que se aplicarán intereses a partir del tercer mes de aplazamiento.
La deuda no puede sobrepasar más de 30.000 euros, por autoliquidación.
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Preparar y presentar la declaración del trimestre indicando que es un reconocimiento de deuda. Al marcar y presentar así la declaración debemos rellenar todos los datos relativos al aplazamiento que deberán cumplimentarse con las pautas de la Administración. Una vez que marquemos el motivo (RDL 7/2020/) una vez marcado se rellenan los datos de la deuda a aplazar, en el tipo de garantías hay que indicar exención, número de plazos 1 y periodicidad no procede. En fecha de primer plazo hay que indicar la fecha del plazo ejemplo 20 de octubre en el caso de los trimestrales de abril. El último campo de texto libre se debe indicar: Aplazamiento RDL.
En cuanto a la flexibilidad de la Agencia Tributaria no se esperan grandes medidas en este aspecto, por lo que se recomienda la presentación y correcta cumplimentación. Además, debe tenerse en cuenta que se aplicarán intereses a partir del tercer mes de aplazamiento.
La deuda no puede sobrepasar más de 30.000 euros, por autoliquidación.
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