¿Cómo acreditamos la situación de vulnerabilidad de las personas?
Jue Abr 16, 2020 1:15 pm
Hay que solicitarlo y se puede complementar la información posteriormente al confinamiento. Los criterios para acreditar lo que se entiende por vulnerabilidad los indica el propio Decreto. Depende de una serie de parámetros, como ingresos o personas con discapacidad, por ejemplo.
A efectos de desahucio, simplemente con presentar un escrito delante de la administración de justicia es suficiente para obtener la paralización.
API RESPON #orgullapi
A efectos de desahucio, simplemente con presentar un escrito delante de la administración de justicia es suficiente para obtener la paralización.
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Re: ¿Cómo acreditamos la situación de vulnerabilidad de las personas?
Lun Abr 27, 2020 7:06 pm
Hay que solicitarlo y se puede complementar la información posteriormente al confinamiento. Los criterios para acreditar lo que se entiende por vulnerabilidad los indica el propio Decreto. Depende de una serie de parámetros, como ingresos o personas con discapacidad, por ejemplo.
A efectos de desahucio, simplemente con presentar un escrito delante de la administración de justicia es suficiente para obtener la paralización.
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A efectos de desahucio, simplemente con presentar un escrito delante de la administración de justicia es suficiente para obtener la paralización.
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